El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), mediante la sentencia número 327 dictada por su Sala Social, acordó el reinicio formal de las actividades productivas de la compañía Servicios Halliburton de Venezuela.

A través de una medida cautelar, el máximo tribunal ordenó la devolución y el uso de los activos previamente embargados a la firma, tras determinar que dichos recursos revisten un carácter estratégico para el desarrollo de la industria petrolera del país.

La resolución otorga a Servicios Halliburton de Venezuela, S.A. las facultades de administración, explotación y uso de los bienes restituidos, con el propósito fundamental de asegurar la continuidad operativa de la empresa y el cumplimiento de sus metas comerciales.

Para hacer efectiva la medida, la sentencia instruye al depositario judicial saliente la entrega inmediata de la totalidad de los bienes muebles e inmuebles objeto del procedimiento. Dicho proceso quedará bajo la gestión del Tribunal de Ejecución con sede en Cabimas, estado Zulia.

Asimismo, el fallo judicial estableció la designación de un veedor técnico encargado de fiscalizar el acatamiento de la decisión. Entre sus atribuciones principales destaca la confección de un inventario detallado y la rendición de informes periódicos sobre el avance del proceso.

Con información de: El Unuversal

¿Qué opinas de esto?