El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) oficializó nuevas disposiciones para el Registro Único de Información Fiscal (RIF) a través de la Providencia Administrativa SNAT/2026/00080, publicada en la Gaceta Oficial N.º 43.435 con fecha 12 de agosto de 2026.
La norma amplía el alcance de la fiscalización tributaria al entorno digital, estableciendo la obligatoriedad de incorporar el número de RIF en todo material publicitario emitido en medios masivos y plataformas digitales como Facebook e Instagram. El identificador fiscal deberá figurar de forma clara y legible en las publicaciones.
Aunque la reglamentación permite adaptar la presentación del RIF de forma discreta dentro del diseño gráfico para no comprometer el mensaje publicitario, la medida formaliza el control sobre el comercio electrónico y la presencia de marcas en redes sociales, al tiempo que introduce ajustes operativos para los contribuyentes en el país.
Foto cortesía de Prensa Seniat









