El Banco Central de Venezuela (BCV) oficializó la entrada en vigencia de un nuevo esquema de tasas de interés mínimas obligatorias para las instituciones bancarias del país. Esta medida busca fortalecer la efectividad de la política monetaria y estimular progresivamente a personas naturales y jurídicas a mantener una mayor proporción de sus saldos en bolívares.

Dentro de los cambios más significativos destaca que todos los instrumentos de depósito pasarán a ser remunerados de forma obligatoria, incluyendo las cuentas corrientes. En este sentido, los depósitos a la vista contarán con un rendimiento mínimo anual del 10%, garantizando rentabilidad para la liquidez inmediata de los usuarios.

Asimismo, las tasas mínimas anuales para los depósitos de ahorro se incrementan del 32% al 42%, mientras que los depósitos a plazo fijo suben del 36% al 46%. El ente emisor aclaró que las entidades financieras quedan en total libertad de ofrecer rendimientos superiores a estos pisos normativos según sus dinámicas comerciales.

Finalmente, la institución enfatizó que considera a las tasas de interés como un instrumento activo de política económica. Por ello, mantendrá el monitoreo continuo para tomar las acciones necesarias que fortalezcan su papel estratégico dentro del proceso de estabilización de precios en el mercado nacional.

Foto cortesía Envato

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