La Corte Suprema de Justicia de Argentina suspendió los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, mediante el cual se había derogado la Ley de Tierras, restableciendo de forma provisoria las restricciones sobre la titularidad extranjera en inmuebles rurales. Con esta medida judicial, vuelve a regir en todo el país el límite máximo del 15 % fijado por la normativa para la propiedad o posesión de tierras en manos de ciudadanos o corporaciones internacionales.  

El máximo tribunal resolvió suspender el artículo del decreto oficial hasta tanto el juez competente se pronuncie sobre la legitimación de las partes y examine formalmente la medida cautelar solicitada. La resolución contó con la firma favorable de los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, acompañados por los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci, mientras que el magistrado Carlos Rosenkrantz emitió su voto en disidencia.  

El proceso judicial responde a la demanda interpuesta por la Asociación Civil Árbol de Pie, entidad que solicitó declarar la inconstitucionalidad de la derogación por comprometer el derecho a un ambiente sano y equilibrado. Al respecto, la Corte precisó que este fallo aborda planteos distintos a los evaluados previamente en la causa presentada por el Centro de Ex Combatientes de Malvinas, la cual había sido rechazada.  

Noticias 24 horas / Fabiana Almeida

Foto cortesía Envato

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