El Decreto de Ley 117 y su correspondiente reglamento, que entraron en vigor de inmediato con su publicación en la Gaceta Oficial, establecen la «condición migratoria de inversores y de negocios a cubanos residentes en el exterior», con la que el Gobierno busca atraer especialmente a la comunidad cubanoamericana.
El ministro de Comercio Exterior e Inversión Extranjera, Oscar Pérez Oliva, argumentó que la decisión iba “más allá de la esfera comercial” e incluía también “grandes inversiones, especialmente en infraestructuras” de sectores considerados prioritarios como el turístico, la minería y el energético.
Por otro lado, El jefe de Identificación, Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior de Cuba, Mario Méndez, aseguró que «los ciudadanos cubanos que obtengan la categoría de inversores y de negocios contarán con los mismos derechos que los que poseen residencia efectiva en el territorio nacional».
Agregó que se trabaja “de forma acelerada” en el establecimiento de otras normativas específicas para que, quienes obtengan esa condición, estén “protegidos” y “puedan invertir directamente en el país” sin necesidad de apoyarse en una “tercera persona”.
Asimismo, Malluly Díaz, subdirectora general de Asuntos Consulares de la Cancillería cubana, indicó que “la condición se solicita en las entidades consulares a partir de que ese cubano tenga establecida una relación con alguna empresa o entidad económica y posea un proyecto de negocio aprobado en la isla”.
Con información de: Medio internacional









