Este martes, la Asamblea Nacional sancionó formalmente la reforma parcial de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), con el objetivo primordial de avanzar en la transformación estructural y la modernización del sistema judicial venezolano.

La iniciativa, presentada originalmente por la junta directiva del Parlamento el pasado 05 de mayo, se centra en la modificación de los artículos 8 y 80 de la ley vigente. El propósito central es optimizar el desempeño orgánico de la institución y combatir de manera directa el retardo procesal en el país.

Expansión del TSJ: De 20 a 32 magistrados

La reforma redefine la conformación de las distintas salas que integran el máximo tribunal. A partir de esta modificación, el TSJ pasará de contar con 20 magistrados a un total de 32 integrantes, distribuidos de la siguiente manera:

• Sala Constitucional: Se expande de cinco a siete integrantes.

• Salas Político-Administrativa, Electoral, de Casación Civil, de Casación Penal y de Casación Social: Cada una pasará de tener tres a cinco integrantes.

Esta ampliación estratégica busca no solo garantizar la celeridad en la resolución de causas, sino también conformar un ente más plural y robusto desde el punto de vista de su desempeño judicial.

Fortalecimiento de los órganos dependientes

En lo que respecta al artículo 80, los cambios están orientados a fortalecer los órganos auxiliares del Poder Judicial. Esto incluye la Escuela de la Magistratura, la Inspectoría General de Tribunales y la Inspectoría de la Defensa Pública, piezas clave para la vigilancia y formación de los funcionarios judiciales.

Autonomía y seguridad jurídica

La reforma añade una disposición derogatoria que extingue todas las leyes y reformas anteriores referidas a la composición y funcionamiento de la estructura del TSJ, garantizando así un marco jurídico unificado y actualizado.

Finalmente, el documento sancionado ratifica que el Tribunal Supremo de Justicia goza de plena autonomía financiera y administrativa, lo que le faculta para ejecutar su propio presupuesto de conformidad con la ley, asegurando la independencia necesaria para el ejercicio de sus funciones.

Con información: VN 

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