Muchas mujeres embarazadas viajan a Estados Unidos con la finalidad de tener a su bebé en dicho país y así obtener su ciudadanía, sin embargo, hay algunas cosas que debes saber en caso de que ese sea el plan porque, aunque parezca, el proceso no es tan sencillo.

Viajar al país norteamericano con visa de turista, sólo permite una estadía hasta los 90 días, con fines recreativos, turísticos o de negocios, y si se determina que si un has violado las leyes de inmigración al realizar el “turismo de maternidad” podrías enfrentar algunas consecuencias legales.

Lo primero que se necesita para tener un bebé en Estados Unidos, si eres extranjera, es un seguro médico internacional que cubra los gastos del parto, hospitalización, traslado en ambulancia o cualquier servicio médico que se requiera durante el parto y posparto.

De acuerdo con las cifras, el costo de un parto puede variar entre los $20.000 USD dólares americanos y hasta más de $50.000 USD, todo dependerá de si es parto natural o cesárea.

En caso de que la madre no cuente con un seguro médico, el Gobierno proporciona la atención a través de Medicare, un seguro que cubre los gastos a quienes no tienen las posibilidades económicas de cubrir la labor de parto, pero el uso de este servicio puede causar la suspensión inmediata de ma visa de turismo.

Una vez que el bebé haya nacido en suelo norteamericano, no es obligación del país otorgar la ciudadania; según la ley, si uno de los padres del bebé es estadounidense el bebé automáticamente tiene la nacionalidad, pero, en caso de que ninguno de los padres sea de EEUU, el bebé no la adquiere automáticamente y se considera ciudadano del país de origen de los padres. 

Pese a esto, en cualquiera de los casos, puede asesorarse con las autoridades consulares o un abogado de inmigración para seguir el caso específico y los procedimientos que deben seguirse para conseguir la ciudadanía del bebé.

Aunque muchos padres piensen que esto puede darles la ciudadanía, la cuestión es que la mayoría de edad en Estados Unidos es a los 21 años, por lo que únicamente hasta que el niño o niña cumpla la mayoría de edad, es que podrá iniciar el trámite migratorio para solicitar la residencia de sus progenitores.

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