Viajar en avión con una mascota puede ser un desafío, no solo por los costos, sino también por la variedad de normativas que cada aerolínea impone. Las restricciones de tamaño y peso, las condiciones del transportador y las reglas para viajar en cabina o en bodega pueden resultar abrumadoras. Sin embargo, conocer estos requisitos con anticipación es clave para garantizar la comodidad y seguridad del animal durante el trayecto, además de evitar contratiempos.

Antes de abordar cómo viajar en avión con un perro de asistencia, es fundamental comprender qué son, cómo se reconocen y qué requisitos deben cumplir. Y es que los perros de asistencia, son mascotas que están entrenadas para asistir a personas con diversas necesidades, facilitando su autonomía y mejorando su calidad de vida.

La documentación del animal debe constar en una identificación oficial, la cual debe incluir:

  • Foto del perro, nombre y raza.
  • Datos del usuario o propietario.
  • Fechas de vigencia del carné.
  • Registro de vacunas y certificación del centro de capacitación.

Otro aspecto fundamental a considerar es que el perro debe cumplir con estrictos requisitos sanitarios, los cuales son:

  • Vacuna antirrábica vigente.
  • Tratamiento periódico contra equinococosis.
  • Ausencia de parásitos externos.
  • Resultados negativos en pruebas de leishmaniasis, leptospirosis y brucelosis.

Adicionalmente, los perros de asistencia deben portar un arnés y un chaleco de identificación según su estado de entrenamiento:

  • Verde: perros en proceso de adaptación (deben estar acompañados por un instructor profesional).
  • Rojo: perros que han finalizado su entrenamiento y están completamente adaptados con su usuario.

Una vez considerados estos requisitos, el transporte en avión se vuelve más complejo, ya que las condiciones pueden variar según la aerolínea.

En general las condiciones que deben cumplirse son:

  1. Transporte en cabina: los perros de asistencia, como perros lazarillos, animales guía o de soporte emocional, pueden viajar en la cabina de pasajeros si no representan un riesgo ni molestias para los demás. Estos animales deben cumplir con los requisitos de identificación establecidos y las condiciones de la aeronave.
  2. Requisitos de identificación y documentación: el pasajero deberá presentar la acreditación médica, psiquiátrica o psicológica que justifique la necesidad del animal, en caso de que la limitación no sea evidente. Además, el perro debe estar identificado adecuadamente con su carné o certificado que demuestre que es un perro de asistencia entrenado en un centro autorizado.
  3. Ubicación del perro en la aeronave: el perro debe ubicarse en un lugar donde pueda prestar el soporte necesario a su dueño, sin obstruir salidas de emergencia ni equipos de seguridad. Este espacio debe ser adecuado para su comodidad y no puede interferir con la evacuación de la aeronave en caso de emergencia.
  4. Condiciones del transporte: aunque los perros de asistencia no necesitan viajar en un contenedor, deberán estar bajo control del propietario en todo momento con collar y correa. En algunos casos, si las circunstancias lo requieren, se podrá pedir que el perro utilice un bozal.
  5. Restricciones: el perro de asistencia debe ser de comportamiento adecuado y no agresivo. En caso de que el animal adopte una actitud agresiva en el aeropuerto o durante el vuelo, podrá ser reubicado en la bodega de carga.

En cuanto a las responsabilidades del pasajero en caso de incidentes durante el vuelo, estas pueden ser de naturaleza tanto civil como penal:

  • Responsabilidad civil: Si el perro de asistencia causa algún daño o perjuicio, el propietario podría enfrentar obligaciones de compensación económica.
  • Responsabilidad penal: En casos más graves, donde la conducta pueda configurar un delito, el dueño del perro podría enfrentar sanciones de carácter penal.

Por otro lado, la protección legal también se extiende al perro de asistencia en caso de que sufra daños por responsabilidad de la aerolínea. En estos casos, el propietario tiene dos vías principales de acción legal:

  • Si el perro pesa más de 10 kg, deberá viajar en bodega, aunque sin costo adicional.
  • Debe transportarse en un contenedor flexible con dimensiones máximas de 55 x 35 x 25 cm, ubicado debajo del asiento delantero.
  • La altura máxima del perro no debe exceder los 20 cm.
  • La edad mínima permitida es de 4 meses, excepto en vuelos nacionales dentro de Colombia, donde se aceptan perros desde los 2 meses, siempre que cuenten con el esquema de vacunación correspondiente.

Es importante tener en cuenta que las normativas, requisitos y entidades reguladoras pueden variar según el país de destino. Por ello, si planea viajar a otros destinos, debe verificar con anticipación la documentación adicional requerida para evitar contratiempos.

Con información de El Espectador

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