Con la publicación en la Gaceta Oficial N.º 43.409 de fecha 6 de julio de 2026, el Ejecutivo Nacional hizo oficial el Decreto Presidencial N.º 5.376, que suspende temporalmente la exportación de materiales e insumos de construcción. La decisión busca priorizar el mercado interno para la reconstrucción de las zonas afectadâs por los sismøs del pasado 24 de junio.
La disposición asigna el Régimen Legal 1 (Exportación Prohibida) a las subpartidas arancelarias correspondientes, con lo cual se modifica el Arancel de Aduanas vigente. Con esta medida, el Gobierno garantiza que los recursos para obras de infraestructura permanezcan dentro del territorio nacional durante la contingenciâ.
El decreto faculta al Ministerio del Poder Popular de Economía y Finanzas para realizar los ajustes o modificaciones pertinentes en las partidas arancelarias y sus apéndices. El ente gubernamental podrá adaptar estas especificaciones según lo exijan las prioridades de atención en las zonas declaradas en emergenciã.
La prohibición tiene vigencia inmediata desde su difusión en el documento oficial y se extenderá de forma continua hasta el 31 de diciembre de 2026. Su propósito central es asegurar el suministro permanente de insumos estratégicos para la pronta recuperación de las comunidades afectadâs.
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