El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) no ha anunciado la creación de un nuevo impuesto ni la aplicación de un cobro automático por la compra o venta de USDT a través de operaciones peer-to-peer (P2P). La aclaratoria surge frente a la inquietud generada tras la entrada en vigencia, el pasado 1 de noviembre, de la Providencia SNAT/2026/00099, publicada en la Gaceta Oficial N.° 43.485, instrumento legal que se limita a actualizar los criterios para calificar a personas y empresas como Sujetos Pasivos Especiales.

La normativa ajusta los umbrales de ingresos brutos anuales y ventas mensuales calculados al tipo de cambio oficial del Banco Central de Venezuela (BCV) requeridos para asumir mayores obligaciones tributarias, sin prohibir el comercio P2P ni fijar un tributo exclusivo a los criptoactivos. Asimismo, se precisa que el uso frecuente de plataformas como Binance o Bybit, así como un alto volumen de transferencias bancarias, no otorga automáticamente la condición de contribuyente especial, la cual debe ser notificada de forma expresa por el organismo recaudador.

Especialistas recuerdan que el volumen de dinero movilizado en operaciones financieras no equivale directamente a ingresos o ganancias netas, por lo que su tratamiento fiscal depende de la naturaleza de la actividad económica. Tampoco existe un impuesto general del 1% por cada transacción de USDT. No obstante, se recomienda a quienes operan con frecuencia en estos mercados revisar su situación tributaria y mantener un registro detallado de comprobantes, historiales P2P y comisiones.

Foto cortesía Envato

¿Qué opinas de esto?